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Artículo 7 de la Ley 6.628

Declara en vigencia para la comuna de valparaiso las disposiciones de la ley 5,757, sobre pavimentacion, con las modificaciones que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220557 / 8370206.

Texto oficial

Artículo 7.o Se faculta a la Dirección General de Pavimentación para rechazar total o parcialmente todo plan de pavimentación en que, a juicio de la Dirección, la aplicación de los artículos 5.o y 6.o de la presente ley, pueda afectar a más de un 25 por ciento de los inmuebles que deberán cancelar cuentas de pavimentación.