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Artículo 7 de la Ley 209 · Ferrocarril entre san felipe i la hacienda san jose;de piguchen

Ferrocarril entre san felipe i la hacienda san jose;de piguchen

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22067 / 5947163.

Texto oficial

Art. 7.° El concesionario podrá presentar los planos por secciones i podrá dar comienzo a los trabajos en la seccion cuyos planos hayan sido aprobados, aun cuando no estén completamente terminados los estudios de toda la línea. Podrá asimismo entregar al tráfico público la línea por secciones. A este efecto, fíjase la primera seccion desde San Felipe a San Antonio de Putaendo.