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Artículo 3 de la Ley 222 · Ferrocarril a vapor entre el canton de huara i el puerto de iquique

Ferrocarril a vapor entre el canton de huara i el puerto de iquique

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22078 / 5947201.

Texto oficial

ART. 3.° Se declaran de utilidad pública los terrenos particulares i municipales necesarios para la construccion de la línea i sus estaciones. Esta disposicion no se estiende a los ramales que se construyan.