Texto oficial
ART. 5.° Las propuestas deberán presentarse con caucion especial por la suma de veinte mil pesos, i la que no lleve ese requisito no será tomada en consideracion.
El concesionario deberá otorgar caucion por la suma de cincuenta mil pesos para garantir el cumplimiento de la obligacion que impone el art. 4.° de esta lei, i la espresada suma quedará a beneficio fiscal si el concesionario no cumple en tiempo debido esas obligaciones.
En tal caso caducará tambien esta concesion.