Texto oficial
Artículo 639.- Cada vez que, por estrictas razones de
operación, el personal deba transitar o trabajar sobre
material de relleno en caserones, piques, tolvas u otros, se
deberán implementar las medidas de seguridad pertinentes
para evitar que las personas sean succionadas por un
eventual hundimiento del piso, tales como: cuerda de vida,
plataformas, tapados o pasarelas con sujeción independiente
del material de relleno.