Texto oficial
Artículo 49.- Será responsabilidad de la empresa
minera tapar o cercar y advertir sobre los piques, tanto en
actividad como fuera de servicio, que lleguen a superficie o
niveles de interior mina.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8649743.