Texto oficial
Artículo 166.- Para el caso de apernado y malla, se
deberán cumplir a lo menos los siguientes requisitos
mínimos:
a) Uso de materiales (malla y perno) de calidad probada y
certificada.
b) Colocación de pernos de manera uniforme, cuyas
longitudes y espaciamientos hayan sido calculados con
criterio técnico.
c) Uso de golillas "planchuelas" o similar con una
dimensión mínima de 20 cm. de diámetro o 20 cm. de lado
si es un cuadrado.
d) En la colocación de pernos con cabeza de expansión,
el apriete de la tuerca debe ser tan firme como para
verificar que el anclaje trabaje, absorba la primera
deformación y genere en la roca una fatiga de compresión
vertical que impida su ruptura.
e) El elemento ligante aplicado en la colocación de
pernos de anclaje repartido, debe emplearse encapsulado o
inyectado cuidando que este elemento ligante se encuentre en
buenas condiciones de uso.
f) Cuando se usen pernos en que la sujeción dependa de la
fricción generada por la deformación radial del perno
(split-set o swellex) el diámetro de la perforación debe
ser el adecuado.
g) En los pernos que se coloquen usando como elemento
ligante cartuchos de resina, todo el largo del perno debe
quedar ligado a la perforación.