Texto oficial
Artículo 231.- Se deben colocar avisos visibles o
señales luminosas para prevenir la existencia de línea de
contacto en los cruces y bifurcaciones de las galerías con
Ferrocarril eléctrico subterráneo.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8649939.