Texto oficial
Artículo 266.- Serán aplicables a las minas de
carbón, todas las disposiciones del presente Reglamento, en
especial las de los títulos III y IV, en todo lo pertinente
y que no se oponga a las normas del presente título.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8649980.