Texto oficial
Artículo 418.- La aislación de los conductores y
equipos eléctricos debe ser la adecuada al voltaje aplicado
y mantenido en forma que no se produzcan fugas o
cortocircuitos.
Los cables de comunicación deben tenderse lo
suficientemente alejados de los cables de fuerza o alta
tensión, de acuerdo al reglamento de cruces y paralelismos
de la Superintendencia de Electricidad y Combustible,
aprobado por Resolución No 692 de 24 de septiembre de 1971,
publicado en el Diario Oficial de 24 de septiembre de 1971.