Texto oficial
Artículo 524.- Se prohíbe a las Empresas mineras, y a
toda persona que trabaje en actividades controladas por el
Servicio, llevar explosivos a sitios ajenos a las labores en
que deben emplearlos, o usar éstos ilícitamente.
Aprueba reglamento de seguridad minera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221064 / 8650266.