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Artículo 3 de la Ley 254 · Contribuciones

Contribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22108 / 5947303.

Texto oficial

ART. 3.° Se autoriza por el término de dieziocho meses, en la provincia de Tacna, con arreglo a las leyes de 23 de Enero de 1885 i número 32 de 4 de Febrero de 1893, el cobro de las siguientes contribuciones: 1.° Contribucion de seguridad i alumbrado público; 2.° Id. de patentes de carruajes; 3.° Id. de licencias industriales; 4.° Id. de mercados i abastos; 5.° Id. de matadero i albéitar; 6.° Id. de mojonazgo i sisa; 7.° Id. de peaje; 8.° Id. de comprobacion de pesos i medidas e inspeccion de líquidos.