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Artículo 92 (DEL ART. UNICO) de la Ley de Cooperativas

Fija texto refundido, concordado y sistematizado de la ley general de cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221322 / 8650458.

Texto oficial

Artículo 92: Prohíbese a las cooperativas de consumo D.S. 502 operar mediante el giro o emisión de órdenes de compra en ART. 120 favor de sus socios y en interés del comercio privado. Ley 19.832 ART. 1° N° 125