Texto oficial
ARTICULO TERCERO
Créanse en el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio un cargo de Oficial primero y dos cargos de oficiales terceros.
El gasto que origine la creación de estos cargos, se financiará en la forma que dispone el artículo 7º de la ley Nº 17.939, de 13 de Junio de 1973.