Texto oficial
Artículo transitorio: Las disposiciones de este
decreto ley no podrán significar disminución de las rentas
de que se está en posesión aumentadas en un 34%.
Las diferencias que se produzcan se pagarán por
planilla suplementaria.
Tampoco podrán significar la disminución de las
remuneraciones en moneda extranjera de que goza el personal
actualmente en comisión en el extranjero.