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Artículo 1 del Decreto Ley 906

Establece normas sobre pago de patentes de vehiculos motorizados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221611 / 8370258.

Texto oficial

Artículo 1º.- Los valores de los automóviles particulares, station wagons, camionetas y furgones determinados por la Dirección de Impuestos Internos para el año 1974, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4º del decreto ley Nº 293, de 1974, serán reajustados en un 375%. En el mismo porcentaje indicado en el inciso anterior, se reajustarán los tramos de la escala de gravámenes y el monto del impuesto mínimo que establece el artículo 1º, del referido decreto ley Nº 293, de 1974.