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Artículo 1 del Decreto Ley 962

Renueva el vencimiento y autoriza consolidacion de los saldos adeudados en moneda extranjera a los bancos comerciales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221627 / 6465976.

Texto oficial

Artículo 1º.- Renuévase hasta el 30 de Noviembre de 1974 el vencimiento de los pagarés dólares emitidos por el Tesorero General de la República, en conformidad a las leyes Nºs. 13.305, 14.171, 14.949 y 16.406. El Ministerio de Hacienda, en representación del Fisco, consolidará con los Bancos Comerciales los saldos adeudados en moneda extranjera al 30 de Noviembre de 1974, por concepto de capitales, debiendo pagarse la deuda consolidada a diez años plazo. La deuda consolidada será amortizada anualmente y devengará un interés del 5% anual, el que será pagado semestralmente.