Texto oficial
ART. 42. Las listas de los ciudadanos sorteados para el servicio se publicarán o fijarán en los lugares mas públicos de las subdelegaciones respectivas, durante el tiempo que se designe para la presentacion a los cuarteles.
Lei sobre organizacion i servicio de la guardia;nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22203 / 7162642.