Texto oficial
Artículo 2º.- Derógase el decreto ley Nº 587, de 29 de Agosto de 1974.
Abona, por gracia, en la hoja de servicio de la persona que indica, 5 años de servicios para acogerse al beneficio establecido en el articulo 63 de la ley 10.343
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222616 / 8370378.