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Artículo 3 del Decreto Ley 1140

Faculta al instituto de seguros del estado para transferir especies que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222628 / 6469569.

Texto oficial

Artículo 3º.- No afectarán al Instituto de Seguros del Estado las normas del artículo 33 de la ley Nº 17.301, sin perjuicio de que dicha entidad deba celebrar convenios con otras instituciones para los fines previstos en ese precepto.