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Artículo 3 del Decreto Ley 1186

Modifica disposiciones a contribuyentes a que se refiere el decreto ley n.o 290, de 1975

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222925 / 7310214.

Texto oficial

Artículo 3º.- El impuesto determinado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1º o, en su caso, el saldo que resultare de la aplicación de lo establecido en el artículo 2º, se reajustará según la variación que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor entre el segundo mes anterior al término del ejercicio del añ