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Artículo 2 de la Ley 998 · Ferrocarril de trocha de un metro.- se autoriza pedir propuestas para su equipo.

Ferrocarril de trocha de un metro.- se autoriza pedir propuestas para su equipo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22334 / 5948123.

Texto oficial

ART. 2.° Autorízase igualmente al Presidente de la República para invertir en el pago del equipo a que se refiere el artículo anterior, hasta la suma de un millon quinientos mil pesos.