Texto oficial
ART. 2° Este pago se hará deduciendo aquella cantidad
de la suma que el espresado Banco adeuda al Fisco.
Lei que autoriza al presidente de la república para cancelar el saldo liquido de la deuda que la ilustre municipalidad de santiago reconoce en favor del banco comercial de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22346 / 8885069.