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Artículo 2 de la Ley 1.012

Lei que autoriza al presidente de la república para cancelar el saldo liquido de la deuda que la ilustre municipalidad de santiago reconoce en favor del banco comercial de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22346 / 8885069.

Texto oficial

ART. 2° Este pago se hará deduciendo aquella cantidad de la suma que el espresado Banco adeuda al Fisco.