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Artículo 3 del Decreto 237

Aprueba reglamento sobre tramitacion de posesiones efectivas intestadas, registro nacional de posesiones efectivas y registro nacional de testamentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223480 / 6472733.

Texto oficial

Artículo 3º.- La posesión efectiva de una herencia deberá solicitarse sólo a través del formulario confeccionado para tal efecto por el Servicio de Registro Civil e Identificación.