Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto Ley 614

Modifica los decretos leyes n.o 294 y n.o 450, de 1974, que fijan las ubicaciones en la escala unica de los trabajadores de la oficina de planificacion agricola, instituto de desarrollo agropecuario, servicio agricola y ganadero, corporacion de la reforma agraria, instituto de investigaciones agropecuarias, instituto de capacitacion e investigacion en reforma agraria, instituto de educacion rural, y del instituto de desarrollo indigena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223519 / 7310476.

Texto oficial

Artículo 1.o- Sustitúyase el artículo 1.o del D.L. 294, de 28 de Enero de 1974, por el siguiente: "Fíjase para los trabajadores de la Oficina de Planificación Agrícola, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N.o 249, de 1973, la siguiente ubicación en la Escala Unica: N.o de Grado de la Designación Cargos Escala Unica PLANTA DIRECTIVA F/C A Director 1 3 F/C B Subdirector 1 4 F/C C Jefes de División 5 5 Asesor Técnico 1 5 Coordinador Zonal 1 5 1ª Cat. Jefe Depto. 4 7 Asesor Jurídico 1 5 2ª Cat. Jefe Depto. 1 8 Jefes Zonales 16 5 PLANTA PROFESIONAL A Profesionales 8 Expertos 1 B Profesionales 10 C Profesionales 12 Expertos 2 D Profesionales 17 Expertos 1 I Profesionales 7 Expertos 7 II Profesionales 6 Expertos 8 III Profesionales 1 Expertos 8 IV Profesionales 1 Expertos 7 V Expertos 7 VI Profesionales 2 Expertos 8 VII Expertos 3 VIII Expertos 4 Los cargos de la Planta Profesional servidos por: Abogados, Ingenieros Agrónomos, Médicos Veterinarios, Ingenieros Comerciales, Ingenieros Forestales y Arquitectos tendrán la siguiente ubicación: A 6 B 7 C 8 D 9 I 10 II 11 III 12 IV 13 V 14 VI 15 VII 16 VIII 17 Los cargos de la Planta Profesional servidos por Administradores Públicos y Contadores Auditores tendrán la siguiente ubicación: A 6 B 7 C 8 D 9 I 10 II 11 III 12 IV 13 V 14 VI 15 VII 16 VIII 17 Los siguientes cargos de la Planta Profesional servidos por Asistentes Sociales tendrán la ubicación que se indica: VI 17 Los siguiente cargos de la Planta Profesional servidos por Bibliotecarios tendrán la ubicación que se indica: IV 16 Los siguientes cargos de la Planta Profesional servidos por Contadores tendrán la ubicación que se indica: I Contador Jefe 16 II Analista Contable 17 V 18 VI 19 VII 21 VIII 25 El ingreso a este escalafón será en grado 27. Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Expertos Estadísticos, Expertos Administrativos, Técnicos, Prácticos y Expertos Agrícolas, tendrán la ubicación que se indica: I 14 II 15 III 16 IV 17 V 18 VI 19 VII 21 VIII 23 En el futuro esta equivalencia sólo podrá otorgarse a personas que estén en posesión del título de Técnico Universitario. Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Técnicos Universitarios Colegiados con Título, tendrán la ubicación que se indica: VI 19 VII 21 VIII 23 Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Analistas Presupuestarios, tendrán la ubicación que se indica: II 16 V 19 Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Estadísticos Matemáticos o Programadores de Computación, tendrán la ubicación que se indica: I 14 II 15 III 16 Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Expertos en Desarrollo Rural, tendrán la ubicación que se indica: II 15 Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Orientadoras del Hogar, Dibujante Técnico, Auxiliar de Arquitectura, tendrán la ubicación que se indica: VIII 21 Los cargos de la Planta Profesional, servidos por Geógrafos, tendrán la ubicación que se indica: II 13 III 14 Los cargos de la Planta Profesional, servidos por Cartógrafos, tendrán la siguiente equivalencia: II 15 III 16 Los siguientes cargos de la Planta Profesional, servidos por Publicistas, tendrán la ubicación que se indica: VII 14 El ingreso a este escalafón será en el grado 20. Planta Administrativa A Ofic. Administrativo 7 19 B Ofic. Administrativo 5 19 C Ofic. Administrativo 3 20 D Ofic. Administrativo 3 21 E Ofic. Administrativo 5 22 F Ofic. Administrativo 6 23 G Ofic. Administrativo 7 24 1º Ofic. Administrativo 8 25 2º Ofic. Administrativo 2 26 3º Ofic. Administrativo 2 27 4º Ofic. Administrativo 2 29 El ingreso a este escalafón será en grado 31. Planta de Servicios A Auxiliares 4 B Auxiliares 3 C Auxiliares 5 D Auxiliares 4 E Auxiliares 5 F Auxiliares 3 1º Auxiliares 3 2º Auxiliares 2 3º Auxiliares 2 4º Auxiliares 2 5º Auxiliares 2 Los cargos de Auxiliares, servidos por Jefes de Servicios Especiales, tendrán la siguiente ubicación: A 23 B 24 C 25 D 25 Los cargos de Auxiliares, servidos por choferes, mecánicos, albañiles, gasfíteres, carpinteros y otras especialidades similares, tendrán la siguiente ubicación: E 25 F 26 1º 27 2º 28 3º 29 4º 30 5º 31 El ingreso a este escalafón será en grado 33. Los cargos de Auxiliares, servidos por personas que no tengan ninguna de las calificaciones precedentes, tendrán la siguiente ubicación: A 25 B 25 C 26 D 26 E 27 F 28 1º 29 2º 30 3º 31 4º 32 5º 33 El ingreso a este escalafón será en grado 35. Los egresados de todas las carreras universitarias consideradas en la Planta Profesional, tendrán una equivalencia inferior en dos grados respecto de los profesionales titulados. Toda diferencia entre las plantas que se desarrollan en este artículo y las contenidas en el decreto supremo N.o 48, de 28 de Febrero de 1972, del Ministerio de Agricultura, se entenderá como modificación a estas últimas. Todos aquellos funcionarios que servían cargos que sólo registran un cambio de denominación continuarán haciéndolo sin necesidad de un nuevo nombramiento. Para estos efectos se entenderá que cambian de denominación los siguientes cargos de la Planta Directiva: FC/C Coordinador (1) por Coordinador Zonal (1) 2ª Cat. Jefes Oficinas Zonales (16) por Jefes Zonales (16) 1ª Cat. Coordinador por Producto (1) por Jefe de Depto. 2ª Cat. (1) Los cuatro cargos que se crean en la categoría D de la Planta Profesional pasarán a ser servidos, sin necesidad de un nuevo nombramiento, por los siguientes funcionarios: 2 Coordinadores de Productos 1ª Categ. Planta Directiva 2 Jefes de Proyectos 2ª Categ. Planta Directiva