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Artículo 1 transitorio de la Ley 1.024

Importadores.- gastos de descarga, despacho, reconocimiento i movilizacion de bultos de aduana.- se declara deben pagarlos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22356 / 7162832.

Texto oficial

ARTICULO TRANSITORIO Las mercaderías actualmente depositadas en los Almacenes de la Aduana de Valparaiso i cuya descarga haya sido costeada por sus dueños, pagarán por su despacho la mitad de la tarifa que fije el Presidente de la República, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2.°