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Artículo 3 del Decreto Ley 1280

Regulariza la situacion funcionaria y administrativa del personal de las ex escuelas normales y que no fue reubicado por las universidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 223587 · idParte: 6473159

Texto oficial

Artículo 3º.- Declárase ajustado a derecho el pago de las remuneraciones efectuado a los funcionarios de las Escuelas Normales, por los cargos que han servido y hasta el 1º del mes siguiente a la fecha de publicación del presente decreto ley, con cargo al Programa 02 de la Dirección de Educación Primaria y Normal.