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Artículo 2 del Decreto Ley 1284

Cancela personalidad juridica de los organismos que indica y crea comision administradora de sus bienes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223589 / 6473168.

Texto oficial

Artículo 2º.- Cancélanse las personalidades jurídicas de la Sociedad Nacional de Profesores, otorgada por decreto Nº 1.949, de 23 de Septiembre de 1919; la de la Sociedad de Escuelas Normales de Chile, otorgada por decreto Nº 1.689, de 9 de Abril de 1945; la de la Unión de Profesores, concedida por decreto Nº 4.762, de 25 de Septiembre de 1950; la de la Asociación de Educadores de Enseñanza Industrial, Minera y Agrícola, otorgada por decreto Nº 1.204, de 23 de Abril de 1963; la de la Asociación de Profesores de Educación Técnica Femenina y Comercial "ASTECO", otorgada por decreto Nº 525, de 8 de Febrero de 1964, todos éstos, del Ministerio de Justicia.