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Artículo 19 de la Ley 1.060 · Administración i servicio de la marina

Administración i servicio de la marina

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22385 / 8819649.

Texto oficial

ART. 19. La comisaría Jeneral de la Armada tendrá a su cargo la contabilidad i administracion de los fondos que el Ministerio de Marina ponga a su servicio.