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Artículo 26 de la Ley 1.060 · Administración i servicio de la marina

Administración i servicio de la marina

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22385 / 8819658.

Texto oficial

ART. 26. El Presidente de la República dictará un reglamento interno para la Direccion Jeneral i para cada una de las direcciones particulares, en las cuales se detallará el procedimiento a que deben ajustarse las direcciones en sus relaciones entre sí i con la Direccion Jeneral.