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Artículo 2 de la Ley 1.061 · Contribuciones municipales

Contribuciones municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22386 / 8274069.

Texto oficial

ART. 2.° En los cobros del impuesto de patentes los procedimientos judiciales no obstan a las medidas administrativas de apremio establecidas por la lei.