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Artículo PRIMERO de la Ley 1079 BIS · Inspectores sanitarios

Inspectores sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22396 / 8274073.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO. Créanse dos plazas de inspectores sanitarios subrogados al Consejo Superior de Hijiene.