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Artículo 2 de la Ley 19.943 · Crea la comuna de alto hospicio en la region de tarapaca

Crea la comuna de alto hospicio en la region de tarapaca

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 224104 · idParte: 8370544

Texto oficial

Artículo 2º.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y las disposiciones pertinentes del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, entiéndase incluida la nueva comuna Alto Hospicio en los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal, a contar del 1 de enero de 2004.