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Artículo 2 de la Ley 1.117 · Concesion a don manuel j. barrenechea para construir un ferrocarril

Concesion a don manuel j. barrenechea para construir un ferrocarril

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22415 / 5948388.

Texto oficial

ART. 2.° Concédese igualmente el uso de los terrenos fiscales necesarios para la construccion de la línea, sus estaciones i anexos.