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Artículo 1 de la Ley 1.144

Ley 1.144

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22428 / 8274114.

Texto oficial

Art. 1°. Se autoriza al Presidente de la República para que pague a don Moises Espoz la suma de ciento treinta mil pesos, con sus intereses respectivos, que la Municipalidad de Santiago ha sido obligada a pagar por sentencia de 27 de diciembre de 1897, como indemnizacion del valor de las vertientes i terrenos espropiados en Vitacura.