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Artículo 4 del Decreto Ley 1334

Fija planta y ubica en la escala unica de sueldos al personal de la comision nacional de riego

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224724 / 9004670.

Texto oficial

Artículo 4.o- Los cargos de Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo y Asesores serán designados por el Consejo de la Comisión de acuerdo al artículo 2.o del decreto ley N.o 1.172 y se entenderán de exclusiva confianza del Presidente de la República. Los demás cargos de la planta serán de designación del Secretario Ejecutivo.