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Artículo 12 del Decreto Ley 1528

Concede personalidad juridica y aprueba los estatutos de la fundacion chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225720 / 8370799.

Texto oficial

Artículo 12.o- Se declara que el Presidente de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica está y ha estado autorizado para suscribir en representación del Estado de Chile, la escritura pública de constitución y Estatutos de la Fundación Chile mencionada en el artículo segundo del presente decreto ley.