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Artículo SEXTO TRANSITORIO del Decreto Ley 1528

Concede personalidad juridica y aprueba los estatutos de la fundacion chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225720 / 8370808.

Texto oficial

Artículo sexto transitorio.- Los bienes que se hayan adquirido a nombre de la Fundación para la Investigación Científica y Tecnológica, ya sea en Chile o en el extranjero, se entenderá que han sido adquiridos para la Fundación Chile y ellos gozarán de las franquicias contenidas en este decreto ley.