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Artículo 2 del Decreto Ley 457

Modifica la ley sobre pavimentacion de las comunas rurales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225855 / 7312180.

Texto oficial

Art. 2.o Las modificaciones que establece el artículo anterior serán también aplicables a los contratos de pavimentación que se hayan celebrado de acuerdo con la ley N.o 4,339, de 20 de Junio de 1928, y que se encuentren vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley.