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Artículo 2 de la Ley 1.375 · Que concede permiso a don ramon rabal para la construccion de un ferrocarril

Que concede permiso a don ramon rabal para la construccion de un ferrocarril

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22597 / 7163035.

Texto oficial

ART. 2.° El concesionario tendrá derecho a usar los terrenos fiscales necesarios para la via, sus estaciones, edificios i maestranzas, con arreglo a los planos que deberá aprobar el Presidente de la República.