Texto oficial
Artículo 4º: El Programa podrá efectuar todos los
gastos que sean necesarios para el cumplimiento de sus
objetivos, incluidos gastos de operación, gastos en
personal, convenios de prestaciones de servicios con
personas naturales o jurídicas nacionales y extranjeras,
como asimismo gastos por concepto de alojamiento,
alimentación y traslado de especialistas y/o participantes
en jornadas de trabajo, talleres de capacitación,
seminarios, y otras actividades similares.