Texto oficial
ART. 5.° Para ser admitido a licitacion, será menester presentar una garantía calificada por el Intendente de la Provincia, equivalente a la mitad del mínimum fijado.
Que autoriza al presidente de la república para que proceda a enajenar los terrenos salitrales que se indican
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22674 / 7163098.