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Artículo 10 de la Ley 19.953

Otorga bono extraordinario y beneficios previsionales a personas que señala, modificando el dl nº 869 de 1975 y la ley nº 19.454

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 226785 / 7312694.

Texto oficial

Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 6º de la ley Nº 19.454: 1) Suprímese en el inciso primero, la frase: "excluidas las de Sobrevivencia". 2) Agrégase a continuación del inciso final, después del punto aparte (.), que ahora pasa a ser punto seguido, lo siguiente: "Asimismo, los acrecimientos que procedieren a favor de otros pensionados de sobrevivencia, se devengarán a contar del primer día del mes siguiente al del fallecimiento del pensionado que los causare.".