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Artículo 8 de la Ley 1.509 · Que aplaza hsta el 1.° de enero de 1905 la fecha para iniciar la conversion metalica

Que aplaza hsta el 1.° de enero de 1905 la fecha para iniciar la conversion metalica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22705 / 7163129.

Texto oficial

ART. 8.° Se deroga la lei núm. 1,054, de 31 de Julio de 1898, en lo que fuere contraria a la presente lei.