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Artículo 39 de la Ley 1.515 · Sobre alcoholes

Sobre alcoholes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22709 · idParte: 8779338

Texto oficial

ART. 39. Todo alcohol destilado debe salir por un solo tubo; i en la salida de éste deberá estar ajustado herméticamente el contador mecánico.