Texto oficial
ART. 42. El mismo aviso deberá darse i en el mismo tiempo, en caso de que, por cualquier desarreglo de los aparatos destilatorios o sus anexos, se produzca alguna rotura, rasgadura o desajuste, u otra cualquiera irregularidad que perturbe la marcha normal del contador mecánico, o dé lugar a un escape de vapores alcohólicos no señalado por el contador mecánico.