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Artículo 89 de la Ley 1.515 · Sobre alcoholes

Sobre alcoholes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22709 / 8779390.

Texto oficial

ART. 89. Las patentes de bebidas alcohólicas no son trasferibles sino por causa de muerte, disolucion de sociedad legalmente constituida, concurso de acreedores o quiebras.