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Artículo 1 de la Ley S/N · Bancos de emision

Bancos de emision

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227343 / 9074628.

Texto oficial

Art. 1.º Las personas hábiles para ejercer operaciones de comercio podrán establecer i dirijir libremente bancos de emision en el territorio de la República bajo las condiciones enunciadas en la presente lei.