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Artículo 1 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227348 / 9053059.

Texto oficial

Art. 1.º A contar desde el 1.º de enero de 1887, se incinerará mensualmente la suma de cien mil pesos en billetes fiscales, hasta reducir la emision a dieziocho millones de pesos.