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Artículo 1 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227349 / 7313048.

Texto oficial

Art. 1.º Se autoriza al Presidente de la República para usar i enajenar el depósito metálico constituido en virtud de lo dispuesto en el art. 3.º de la lei de 14 de marzo de 1887.